En esta primera postal dedicada a la Formación Profesional Inmobiliaria en España, tenemos que partir de su corazón: esto es, ¿qué es eso, qué deberemos entender cuando oigamos una expresión tal como Cualificación Profesional?
Y es que como verá pronto el lector, en cuanto empezamos a hablar de estos temas nos sobreviene enseguida una avalancha de términos precisos que amenazan con ahogarnos en la incomprensión y, por ello, empujarnos hacia la huida. Por el contrario, una correcta comprensión del abundante arsenal de términos especializados que utilizaremos nos acerca al asunto de la formación profesional, así que, para ello procederemos en nuestro discurso a una definición exhaustiva de todos los conceptos que vayamos presentando. Y lo haremos apoyándonos en diferentes autoridades, entre las cuales las oficiales, el INCUAL (Instituto Nacional de las Cualificaciones) y el SEPES (Servicio Público de Empleo Estatal), serán invitados permanentes.
Será también habitual que acudamos a diferentes enlaces y definiciones externas que expandirán nuestro conocimiento, pues los hay muchos y muy buenos, relacionados con estas materias.
Empezamos pues con algunas definiciones sobre la propia Cualificación Profesional.
1. Literales:
Si acudimos a los diccionarios de uso corriente, encontraremos que por cualificación se entiende:
- El entrenamiento o formación indispensable para el ejercicio de una actividad
- La Preparación especializada para ejercer determinada actividad o profesión.
- La competencia o capacidad de un trabajador según su formación y experiencia.
- Lo que produce autoridad, conocimiento o respeto cuando se domina.
- La expertía o experiencia necesaria para el desempeño de una profesión
Debe de advertirse que, aunque en el uso habitual se utilicen con frecuencia como sinónimos, no debe de confundirse ese concepto de cualificación con este otro de Calificación. Pues este se define propiamente como:
Calificación: 1. Acción y efecto de calificar (examinar, comprobar) una actuación.
2. La puntuación obtenida en un examen o en cualquier tipo de prueba.
2. Utilitarias
Las que se definen en torno a su finalidad o utilidad. Véase por ejemplo, cómo en la WEB de los empresarios de Andalucía, se dice que la Cualificación Profesional es:
Un conjunto de unidades de competencia, que son el referente para elaborar las ofertas formativas conducentes a títulos de Formación Profesional y/o certificados de profesionalidad. (https://www.juntadeandalucia.es/educacion/webportal/web/iacp/acreditacion/informacion-acreditacion#4)
3.Sociales
En un sentido muy diferente a los anteriores, véase por ejemplo: El concepto de Cualificación y su construcción social, de Mike Rigby y Enric Sanchís. En el trabajo que indicamos estos autores advierten “que el problema de la cualificación no debe de reducirse a una cuestión meramente técnica. Como construcción social, la cualificación profesional deriva no solo del sistema de relaciones laborales en sentido estricto, sino ―como ilustra claramente el caso del trabajo femenino― del modelo prevaleciente de relaciones sociales y políticas dentro de la sociedad.” …”Con demasiada frecuencia el concepto se da por sentado en este debate, ignorándose su complejidad.”
Para una discusión general del término cualificación no puede usted perderse el PDF titulado: Una aproximación conceptual a la cualificación profesional desde una perspectiva competencial, del profesor Ángel Olaza del Campus Universitario de Espinardo. Murcia.
4 Oficiales

La definición oficial nos dice que por Cualificación profesional se entiende aquel “conjunto de competencias profesionales, con significación para el empleo que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación y a través de la experiencia laboral.” (TÍTULO I: De las cualificaciones profesionales/Artículo 7 Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales/Apartado 4 a) de la Ley 5/2002 de las Cualificaciones y de la Formación Profesional). Véase en el propio INCUAL, en el BOE o en la Web: https://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/lo5-2002.html
Veremos con más detalle esta última definición pues en ella hay demasiados aspectos entrelazados que, para su mejor comprensión, conviene desentrañar.
Nótese como. a pesar del aspecto singular del nombre, es sustantivo colectivo. La Cualificación profesional es pues, un conjunto de, en este caso, competencias profesionales.
Pero ¿qué se entiende por competencia profesional?
Por Competencia profesional se conoce “el conjunto de conocimientos y capacidades que permiten a un trabajador, el ejercicio de su actividad profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo”, al que está sometido. (TÍTULO I: De las cualificaciones profesionales/Artículo 7 Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales/Apartado 4b) de la Ley 5/2002 de las Cualificaciones y de la Formación Profesional).
Nótese que esta última definición es amplísima pues se refiere a la gama completa de sus conocimientos y sus capacidades, obtenidos en cualquier ámbito, ya sea este personal, profesional o académico Cuando hablemos pues de competencias profesionales de una persona estaremos hablando del conjunto de saberes prácticos que esa posee.
¿Pero de todos sus saberes?… ¡NO!
«… Con significación para el empleo…»
Solo de aquellos que puedan ser utilizados en el trabajo que desempeña. Los conocimientos que posea sobre otras áreas no laborales de su actividad no están incluidos en su competencia profesional. ¿Y si tuviese dos trabajos diferentes? Pues entonces diríamos que posee dos competencias profesionales, pero en ambas seguirían excluidos cualesquiera otros conocimientos no laborales ―ajenos a su profesión o desempeño―de los que pudiese disfrutar o poseer.
«… que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación y a través de la experiencia laboral.»
La referencia en la definición oficial al modo de adquisición de los conocimientos necesarios nos indica que la forma de obtención de los mismos es… cualquiera. Cualquiera puede ser la vía ―formal, informal o no formal― que una persona puede optar para la adquisición de los saberes necesarios para el eficaz desempeño de su labor. A efectos de la Cualificación no importa el camino, lo que importa es el resultado de su aprendizaje, y este debe conducir al trabajador a su evaluación como una persona cualificada para el puesto de trabajo que desempeña o va a desempeñar. (Véase en un concepto posterior, las diferencias entre educación formal, informal y no formal.)
Se entiende así que “una persona está cualificada cuando en su desempeño laboral obtiene los resultados esperados, con los recursos y el nivel de calidad debido”. (https://www.educacion.gob.es/educa/incual/ice_catalogoWeb.html#CP)
Esta definición del INCUAL nos señala, que la relación biunívoca que existe entre los conceptos de cualificación profesional y desempeño laboral, está también, sujeta a medición. Y así, el resultado de la labor de la persona cualificada no puede ―debe― ser cualquiera, sino que debe de alcanzar el nivel requerido.
La referencia a un modo de adquisición de esos documentos ―la formación modular― significa que la capacitación del trabajador o comercial, puede ser obtenida por este, fraccionadamente. Como veremos, “el conjunto de conocimientos y capacidades que permiten a un trabajador, el ejercicio de su actividad profesional…” podrá ser adquirido “tacita a tacita”, módulo a módulo, competencia a competencia, una detrás de otra. Y no solo adquirido sino, posteriormente, ser certificado modularmente por la autoridad laboral competente.
La definición ampliada que hemos visto advierte también que otra de las vías de adquisición de la competencia profesional es, precisamente, la experiencia laboral que se adquiere en el puesto de trabajo. Concepto este que desarrollaremos posteriormente.
Así pues, cuando oigamos hablar de Cualificación Profesional debemos entender que se está hablando del conjunto de conocimientos y habilidades (destrezas, capacidades, competencias) laborales, que una persona debe de poseer para desempeñar con calidad y eficacia, y al nivel de desempeño que se le exija, el trabajo que tiene encomendado.
Notas:
(1) La imagen utilizada es una captura de pantalla del sitio del INCUAL, la principal fuente de conocimiento sobre cualificaciones profesionales de España.
(2) Los enlaces aportados son lugares de necesaria visita posterior, del lector interesado en la formación profesional. A lo largo de esta serie de artículos iremos aportando otros de igual interés.
3) Una versión anterior de este concepto fue publicado en el periódico digital Inmodiario, en la sección de ACTUALIDAD INMOBILIARIA / FORMACIÓN PROFESIONAL, el 24-09-2013. Véase en: https://www.inmodiario.com/168/17627/entiende-exactamente-cualificacion-profesional.html
Miguel Villarroya Martín / Madrid / España / ventasgrandes.com/ Fpi.001 / 28 de Octubre de 2015